Es el servicio de energía eléctrica que no tiene un período o duración del contrato. Para habilitarlo se requiere la instalación de un medidor y el consumo realizado por el cliente se factura mensualmente.
¿Para qué se utiliza?
Se utiliza para suministrar energía eléctrica a inmuebles residenciales, comerciales y/o industriales.
Toma nota que... Para este servicio es necesario la instalación de un contador y una acometida conectada a nuestra red de distribución.
Adecuar las instalaciones internas de acuerdo con las Normas Técnicas de Instalación, según el inmueble que tengas.
El plazo para colocar el contador es:
28 días para conexiones sin modificación de red (0-40 mts)
3 meses para conexiones con modificación de red (41-200 mts)
Si tienes uno o varios servicios de energía eléctrica con ENERGUATE es indispensable que tus pagos estén al día.
Requisitos generales para nuevos suministros
Cuando el punto de conexión se encuentra a una distancia menor a 40 metros del poste de energía más cercana
Pasos a seguir:
1.Solicita tu nuevo suministro en nuestras oficinas comerciales, a través de nuestra oficina digital o de nuestra APP.
2.Llena y firma el contrato y formulario de Suministro de Energía Eléctrica.
3.Presenta fotocopia del documento de identificación (DPI o pasaporte).
4.Proporciona el NIS o fotocopia de la factura de tu vecino más cercano y un número de teléfono.
En un plazo máximo de 28 días a partir de haber ingresado tu solicitud, se instalará tu nuevo contador.
Cuando el punto de conexión se encuentra a una distancia mayor a 40 y menor a 200 metros del poste de energía más cercano.
Pasos a seguir:
1. Solicita tu nuevo suministro en nuestras oficinas comerciales, a través de nuestra oficina digital o de nuestra APP.
2. Indica al asesor, que el suministro se encuentra a más de 40 metros.
3. Llena y firma el contrato y formulario de Suministro de Energía Eléctrica.
4. Presenta fotocopia del documento de identificación (DPI o pasaporte).
5. Proporciona el NIS o fotocopia de la factura de tu vecino más cercano y un número de teléfono. Después de esos pasos ENERGUATE realizará un estudio de factibilidad.
6. Cuando ENERGUATE termine el estudio y determine que es factible conectar tu servicio nuevo te contactaremos para que te presentes a cancelar el importe correspondientes al AFR y demás documentos necesarios.
¿Qué es el AFR?
Es el pago que todo nuevo usuario debe hacer a ENERGUATE, para realizar los trabajos de ampliación de red y así poder conectar un nuevo usuario, siempre y cuando la distancia del poste de distribución hasta la casa no sea mayor a 200 metros.
*Recuerda que el importe de AFR te será devuelto en tu primera factura como un crédito a tu favor.
En un plazo máximo de 90 días a partir de haber realizado el pago de AFR, se instalará tu nuevo contador.
Cuando el interesado se encuentre a una distancia mayor a 200 metros del poste de energía más cercano.
Pasos a seguir:
1. Solicita tu nuevo suministro en nuestras oficinas comerciales, a través de nuestra oficina digital o de nuestra APP.
2. Presenta fotocopia del documento de identificación (DPI o pasaporte). Si el proyecto es para varios interesados, presentar los nombres y números de DPI.
3. Proporciona el NIS o fotocopia de la factura de tu vecino más cercano, un número de teléfono y fotografía de la instalación realizada.
Para este tipo de solicitud, se realiza un estudio de ingeniería, posterior a esto, te notificaremos el costo del estudio. Después se elabora un diseño de la construcción de la red, posteriormente, te notificamos el presupuesto total para la obra.
Requisitos especiales
Si es tu caso, debes cumplir con los siguientes requisitos para que ENERGUATE conecte tu suministro eléctrico.
a) Si tu acometida atraviesa una propiedad
Permiso de paso autenticado en original.
Fotocopia del DPI o pasaporte de la persona que firma el permiso.
b) Si el trámite lo realiza una persona distinta al propietario
Carta autenticada del propietario del inmueble autorizando el trámite del portador.
Fotocopia del documento de identificación de la persona que realiza el trámite (DPI o Pasaporte).
c) Si el trámite lo realiza a nombre de una persona distinta al propietario
Carta autenticada del propietario del inmueble en la que se haga constar que el propietario se constituye como fiador del titular del contrato.
Fotocopia del documento de identificación (DPI o Pasaporte) de la persona que figurará como titular del contrato.
Fotocopia autenticada del contrato de arrendamiento.
d) Si lo solicita a nombre de una empresa
Fotocopia de Patente de Comercio y Sociedad.
Fotocopia del nombramiento del representante legal.
Fotocopia del documento de identificación (DPI o Pasaporte) del representante legal.
Inscripción ante la SAT o NIT (no más de 6 meses de haberlo emitido).
IMPORTANTE
Si ya ha existido un contador en el domicilio, es indispensable que no tenga deuda para conectar tu nuevo suministro. Para suministros mayores a 200 metros, favor consultar con el ejecutivo.
Contratos de Nuevos Suministros